El Gobierno reglamentó la Boleta Única Papel
La iniciativa había sido aprobada por el Congreso y promulgada por el Poder Ejecutivo. Se implementará por primera vez en las elecciones legislativas del año que viene.
La iniciativa aprobada por el Congreso modifica diversos artículos de la Ley N° 19.945, contemplando aspectos clave como el registro y oficialización de candidatos, el diseño y contenido de la Boleta Única y las reglas para su implementación y uso en elecciones primarias, generales y del Parlamento del Mercosur.
A diferencia del sistema tradicional, la boleta única de papel incluirá a todos los candidatos y partidos en un mismo documento. Al ingresar al cuarto oscuro, los votantes podrán elegir entre dos opciones:
- Marcar una opción para votar la lista completa.
- Seleccionar candidatos de manera personalizada, marcando casilleros individuales para cada categoría.
Con este nuevo mecanismo, el Gobierno busca solucionar dos problemas comunes: el robo u ocultamiento de boletas y el abuso de los “sellos de goma”, es decir, partidos sin representación que solo buscan acceder a fondos estatales.
Según el decreto 915/2024, un voto será válido si:
- Se utiliza una boleta única oficializada.
- Las marcas en los casilleros son claras y se elige una opción electoral por categoría.
- Si no se marca ninguna opción, será considerado un voto en blanco.
Por otro lado, un voto será nulo en los siguientes casos:
- Uso de una boleta no oficializada.
- Marcar más de una agrupación política para la misma categoría.
- Roturas o inscripciones que impidan identificar la elección.